Servicios administrativos
Secretaría General
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Plaza de la Constitución, 10
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Se encarga de la realización de las funciones públicas de asesoramiento legal preceptivo de la Corporación y fe pública de todos los actos y acuerdos determinados en el Reglamento del régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Corresponde al puesto de trabajo de secretario o secretaria general, la jefatura de la Secretaría General y, en consecuencia, dirigir y coordinar las tareas del personal adscrito a la misma y distribuir los recursos materiales y económicos que se le asignan, con las atribuciones propias de una dirección de área.
Corresponde además al secretario o secretaria general la coordinación de las tareas burocráticas que desarrollen los diferentes servicios municipales, en los aspectos jurídico-administrativos relacionados con las responsabilidades atribuidas legalmente a aquél. En el ejercicio de esta función, con el fin de adecuar la actuación administrativa en sus aspectos formales a las reglas por las que se rige y de unificar criterios, la persona titular del puesto de secretario o secretaria general, podrá dictar órdenes particulares e instrucciones de carácter general, con subordinación a las emanadas de la Alcaldía.